Un juez de Georgia anuló este lunes la ley estatal del aborto que entró en vigor en 2022 y que prohíbe la interrupción del embarazo después de las seis semanas de gestación.
Robert McBurney, magistrado de la Corte Superior del condado de Fulton, dictaminó que “la libertad en Georgia incluye en su significado, en sus protecciones y en su conjunto de derechos, el poder de una mujer de controlar su propio cuerpo, de decidir qué le sucede a su cuerpo y en su cuerpo, y de rechazar la interferencia del estado en sus decisiones de atención médica”.
Derecho federal del aborto
La decisión de la Corte Suprema de revocar en 2022 el histórico fallo de Roe v. Wade puso fin al derecho federal aborto, consagrado desde 1973, y abrió la puerta a que los estados legislaran sobre la materia, restringiéndolo o protegiéndolo.
Catorce estados gobernados por el Partido Republicano prohibieron el aborto en todas las etapas del embarazo, con pocas excepciones. Georgia fue uno de los cuatro donde la prohibición entra en vigor después de las primeras seis semanas de embarazo, antes de que la mayoría de las mujeres se den cuenta de que están embarazadas.
Ley
El impacto de estas prohibiciones se ha sentido profundamente en los estados del Sur, donde muchas personas deben viajar cientos de millas a otros lugares donde es legal abortar.
La ley de Georgia fue aprobada por el Cogreso estatal, de mayoría republicana, y firmada por el gobernador Brian Kemp –también conservador– en 2019, pero su entrada en vigor quedó bloqueada hasta que la Corte Suprema revocó el fallo Roe v. Wade en 2022.
La ley prohíbe la mayoría de los abortos tras registrarse un “latido cardíaco humano detectable”. La actividad cardíaca se detecta con una ecografía en las células dentro del embrión que eventualmente se convertirá en el corazón cerca de las seis semanas de embarazo.
Prohibición arbitraria
McBurney escribió que su fallo significa que la ley estatal vuelve ahora a ser como antes de que norma aprobada en 2019. “Cuando un feto que crece dentro de una mujer alcanza la viabilidad, cuando la sociedad puede asumir el cuidado y la responsabilidad de esa vida separada, entonces, y solo entonces, la sociedad puede intervenir”, escribió el juez en su fallo, que puede ser recurrido.
Una “prohibición arbitraria de seis semanas” de los abortos “es incompatible con estos derechos y con el equilibrio adecuado que una norma de viabilidad establece entre los derechos de libertad y privacidad de la mujer y el interés de la sociedad en proteger y cuidar a los bebés no nacidos”, concluyó el magistrado.
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